Effective February 10, 2026
OnBase/Perceptive Content/Brainware
Servicio en la Nube
DEFINICIONES
"Entorno Sandbox de Desarrollo" significa una instancia separada del Producto, para su uso por parte del Cliente únicamente como Entorno de No Producción conforme a la Documentación con el propósito limitado de pruebas funcionales del Producto y el entorno, siempre que dicha instancia esté licenciada para su uso por hasta veinticinco (25) usuarios concurrentes, y sea capaz de almacenar hasta cien (100) gigabytes de datos.
"Entorno de Pre-Producción" significa una instancia separada del Producto, para su uso por parte del Cliente únicamente como Entorno de No Producción conforme a la Documentación con el propósito limitado de pruebas funcionales del Producto y el entorno, siempre que dicha instancia esté licenciada para su uso por hasta cien (100) usuarios concurrentes, y sea capaz de almacenar hasta quinientos (500) gigabytes de datos.
"Adjunto de Seguridad SaaS" o “SaaS Security Attachment” significa el documento disponible en https://legal.hyland.com/Customer-Legal-Center#saas-security-attachment. Estos procesos y procedimientos descritos en el Adjunto de Seguridad SaaS pueden actualizarse periódicamente, pero no se reducirán sustancialmente.
"Clase de Servicio" o “Service Class” significa el compromiso de nivel de servicio aplicable adquirido por el Cliente, tal y como se describe en el Manual de Clase de Servicio.
"Manual de Clase de Servicio" o “Service Class Manual” significa la última versión del manual que describe las Clases de Servicio disponibles, tal como se publica por Hyland periódicamente en un sitio web designado por Hyland, actualmente disponible en https://legal.hyland.com/#service-class-manual.
TÉRMINOS
1. Entornos de No Producción. El Cliente podrá adquirir acceso limitado a los Entornos Sandbox de Desarrollo o Entornos de Pre-Producción, o ambos. Hyland acepta que las medidas de seguridad descritas en el Adjunto de Seguridad SaaS también se aplican al Entorno Sandbox de Desarrollo y al Entorno de Pre-Producción.
2. Clase de Servicio. Hyland proporcionará el Producto de acuerdo con el Manual de Clase de Servicio basado en la Clase de Servicio adquirida por el Cliente para la Suscripción al Producto correspondiente. La Clase de Servicio inicial adquirida por el Cliente se indica en el Formulario de Pedido inicial. Hyland podrá modificar el Manual de Clase de Servicio aplicable de vez en cuando, siempre que cualquier modificación no sea efectiva hasta la próxima renovación de la Suscripción al Producto correspondiente del Cliente. En la medida en que haya actualizaciones o reducciones de Clase de Servicio disponibles y relacionadas con el Producto adquirido por el Cliente, el Cliente podrá actualizar la Clase de Servicio en cualquier momento, pero cualquier reducción no será efectiva hasta el inicio de la próxima renovación de la Suscripción al Producto correspondiente del Cliente.
3. Seguridad. Durante el plazo del Contrato, Hyland mantendrá un programa de seguridad que cumplirá con el Adjunto de Seguridad SaaS; siempre que, no obstante, si el Cliente adquiere el software alojado en el Managed Government Cloud Platform de Hyland, lo siguiente se aplicará en lugar del Adjunto de Seguridad SaaS:
A partir del 10 de abril de 2024, el Software, tal como se desplegó en el Managed Government Cloud Platform de Hyland, alcanzó el estatus de Nube Certificada TX-RAMP Nivel 2 respecto a los requisitos de TX-RAMP vigentes en dicha fecha (los "Requisitos Certificados de TX-RAMP"); y durante el periodo de la Suscripción al Producto, el Servicio en la Nube será ofrecido por Hyland de acuerdo con dichos Requisitos Certificados de TX-Ramp, o cualquier recertificación obtenida posteriormente por Hyland.
El Cliente reconoce y acepta que puede ser necesario para el Cliente que, bajo indicación de Hyland, transfiera los Datos del Cliente desde el Servicio en la Nube a un portal de datos separado mantenido por Hyland para que esta cumpla con ciertas obligaciones en virtud del Contrato (que pueden incluir, entre otras, que Hyland analice archivos de registro relacionados con el Servicio en la Nube); y en tales casos, el Cliente reconoce que dicho portal de datos separado puede no cumplir con los Requisitos Certificados de TX-Ramp y el Cliente consiente dichas transferencias, así como el almacenamiento temporal de los Datos del Cliente que puedan ser necesarios para realizar dichas actividades. El incumplimiento por parte del Cliente de proporcionar los Datos del Cliente, tal y como contempla este párrafo, eximirá a Hyland de sus deberes de cumplir con las obligaciones que se ven afectadas por dicho incumplimiento.
4. El Cliente designará a su Administrador de Seguridad del Cliente. Los "Administradores de Seguridad del Cliente" (también denominados "CSA(s)" por sus siglas en inglés) son personas designadas por el Cliente que están autorizadas para enviar solicitudes de cambio de configuración, hablar con autoridad en nombre del Producto del Cliente y recibir y proporcionar, según corresponda, todas las notificaciones relacionadas con mantenimiento, seguridad, fallos de servicio y similares. Si el Cliente no designa a su CSA inicial, Hyland podrá, a su elección, designar al CSA inicial como la persona que firmó el Contrato en nombre del Cliente.
5. El Cliente reconoce que es responsabilidad del Cliente asegurarse de ejecutar una Versión Compatible con la Nube del Software conforme a la Política de Versiones de Software en la Nube de Hyland disponible en el sitio web de usuario final de Hyland (actualmente, community.hyland.com). El incumplimiento por parte del cliente de la Política de Versiones de Software en la Nube de Hyland se considerará un incumplimiento material del Contrato, y el Cliente reconoce que Hyland no tiene responsabilidad por ningún daño causado por su incumplimiento de esta Política.
6. EXCLUSIVAMENTE PARA CLIENTES DEL SECTOR SALUD.
6.1. Definiciones.
"Centros de Cirugía Ambulatoria" significa un centro que realiza cirugías y/o procedimientos ambulatorios (i) a los que el Cliente concede acceso al sistema de EMR del Cliente; y (ii) por el cual el Cliente ha pagado a Hyland las tarifas requeridas.
"Práctica Médica Community Connect" significa una práctica Médica (i) a la cual el Cliente concede acceso al sistema EMR del Cliente; y (ii) por la cual el Cliente ha pagado a Hyland las tarifas correspondientes.
"Usuario(s) de Community Connect" significa: hospital(es) Community Connect, Práctica(s) Médica Community Connect y Centros de Cirugía Ambulatoria.
"Hospital(es) Community Connect" significa un hospital (i) que tiene menos de doscientos cincuenta (250) camas autorizadas (según lo más reciente que haya informado el Cliente para dicho hospital), (ii) al que el Cliente concede acceso al sistema EMR del Cliente; y (iii) por el cual el Cliente ha pagado a Hyland las tarifas requeridas.
6.2 Uso por el Usuario de Community Connect. El Producto también podrá ser utilizado únicamente por un Usuario de Community Connect para gestionar su propia función de historiales médicos a través del sistema EMR del Cliente.
6.3 Hospitales Community Connect. Por cada Hospital Community Connect al que el Cliente desee conceder acceso al Producto como Usuario de Community Connect, el Cliente deberá pagar Tarifas Recurrentes, según corresponda, en una cantidad determinada multiplicando el número de camas autorizadas para dicho Hospital Community Connect (en el momento de dicho pago) por la Tarifa Recurrente del Hospital Community Connect que Hyland tenga vigente en ese momento.
6.4 Prácticas Médicas Community Connect. Por cada Práctica Médica Community Connect a la que el Cliente desee conceder acceso al Producto como Usuario de Community Connect, el Cliente deberá pagar Tarifas Recurrentes adicionales, en una cantidad determinada multiplicando el número de proveedores en dicha práctica (en el momento de dicho pago) por la Tarifa Recurrente de la Práctica Médica Community Connect que Hyland tenga vigente en ese momento.
6.5 Centros de Cirugía Ambulatoria. Por cada Centro de Cirugía Ambulatoria al que el Cliente desee conceder acceso al Producto como Usuario de Community Connect, el Cliente deberá pagar las Tarifas Recurrentes adicionales, según corresponda, en una cantidad determinada multiplicando el número de salas de quirófano/procedimientos para dicho Centro de Cirugía Ambulatoria (en el momento de dicho pago) por la Tarifa Recurrente del Centro de Cirugía Ambulatoria que Hyland tenga vigente.
6.6 Informes de Usuarios de Community Connect. Cada cierto tiempo, pero no menos de una vez al año, el Cliente deberá informar a Hyland, según corresponda, (i) el número de camas autorizadas para cada Hospital Community Connect, (ii) el número de proveedores en cada Práctica Médica Community Connect y (iii) el número de salas de quirófano/procedimientos para cada Centro de Cirugía Ambulatoria que sea Usuario de Community Connect según lo aquí previsto. Si el número de camas licenciadas, Prácticas o salas de operaciones/procedimientos, según corresponda, aumenta en función de los informes contemplados aquí, el Cliente deberá pagar Tarifas Recurrentes adicionales a Hyland por una cantidad igual al número de dichas camas licenciadas adicionales, Proveedores o salas de operaciones/procedimientos, multiplicadas por la Tarifa Recurrente que Hyland tenga vigente para los Usuarios de Community Connect correspondientes.
6.7 Indemnización. El Cliente entiende y acepta que los Usuarios de Community Connect solo pueden utilizar el Producto en cumplimiento de los términos del Contrato, y que el Cliente deberá indemnizar a Hyland por todas las reclamaciones, responsabilidades, pérdidas, daños y costos, incluidos, entre otros, los honorarios razonables de abogados y costas judiciales, que Hyland sufra o incurra y surjan del incumplimiento o inobservancia de los términos del Contrato por parte de cualquier Usuario de Community Connect.
6.8 EPIC: Auditorías en relación con Compras del EPIC Marketplace. Sujeto a los siguientes requisitos, si el Cliente adquiere de Hyland los derechos de uso de un Producto que constituya una "Aplicación" distribuida bajo el programa de servicios para proveedores administrado por Epic Systems Corporation (“EPIC”) (según sea modificado periódicamente), Hyland concede al Cliente el derecho a realizar una auditoría para verificar el cumplimiento por parte de Hyland de los términos y condiciones en el Acuerdo de Desarrollo de Servicios al Proveedor (que es el acuerdo que autoriza la distribución por Hyland de dicho Producto, según sea modificado periódicamente) entre Hyland y EPIC (“Acuerdo de Proveedor de EPIC”). Dicha auditoría se llevará a cabo en una fecha y hora acordadas mutuamente, y Hyland brindará la cooperación razonable necesaria para proporcionar toda la información y datos pertinentes que el Cliente solicite expresamente. Toda la información y datos que Hyland proporcione para dicha auditoría estarán disponibles para el Cliente desde las instalaciones aplicables de Hyland. En la medida en que se identifique y confirme un incumplimiento material de los términos de dicho Acuerdo de Proveedor de EPIC, Hyland asumirá los costos y gastos razonables y efectivamente incurridos por el Cliente en la realización de dicha auditoría.
7. Idioma que Controla. Hyland podrá poner a disposición otras versiones de este documento en otros idiomas en este mismo sitio en línea. La versión en idioma inglés de este documento prevalece sobre cualquier versión disponible en otro idioma en este mismo sitio en línea, en caso de que el Documento de Incorporación esté redactado en inglés. Si el Documento de Incorporación está redactado en un idioma distinto del inglés (dicho idioma, "Otro Idioma"), pero este documento no está disponible en este sitio en, esta versión en inglés prevalecerá sobre cualquier otra versión de este documento que pudiera estar disponible en este sitio en línea en otro idioma.
La versión más actual de este documento tendrá vigencia a partir de las 12:00 am EST (Hora Estándar del Este) de la fecha estampada en dicha versión en línea.